Gobierno de Aragón - Departamento de Industria, Comercio y Turismo: abre una ventana nueva
Ayudas al Sector Turístico en Teruel 2010Instituto Aragonés de Fomento

 > Ayudas Públicas

 

SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FORMACIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR.


EL DEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y UNIVERSIDAD DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN aprobó la ORDEN de 29 de abril de 2010, de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, por la que se convocan subvenciones destinadas a la formación y contratación de personal investigador. 
(BOA nº 101 de fecha 26 de mayo de 2010)


OBJETO


Esta Orden tiene como finalidad contribuir a la formación de personal investigador a través de ayudas destinadas a la formación de personal investigador para la obtención del título de doctor y a la contratación del citado personal investigador por los centros de investigación, en virtud de las bases reguladoras de esta línea de ayuda establecida en el Decreto 188/2008, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, en su nueva redacción dada por el Decreto 211/2009, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón.
Los objetivos que se pretenden alcanzar con estas ayudas son los siguientes:
a) Potenciar la formación y captación de jóvenes investigadores de excelencia para que desarrollen su carrera profesional.
b) Promover la investigación en las áreas de interés estratégico para la Comunidad autónoma de Aragón desarrolladas en el vigente Plan Autonómico de Investigación.
2. Las ayudas se regirán por esta convocatoria y por lo previsto en el Decreto 188/2008, en su nueva redacción dada por el Decreto 211/2009, y en el resto de la normativa estatal y autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
3. El número de becas a conceder al amparo de esta convocatoria, con la consiguiente ayuda a la contratación, dependerá de las disponibilidades presupuestarias existentes, si bien no podrá ser superior a cuarenta.

BENEFICIARIOS


1. Podrán ser beneficiarios los titulados superiores de nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, o extranjeros residentes en España en el momento de solicitar la ayuda, que se matriculen en un programa de doctorado que oferten las universidades que integran el sistema universitario de Aragón.
2. Asimismo, podrán ser beneficiarios los titulados superiores que tengan la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón y que, por no existir el programa de doctorado correspondiente en las universidades que integran el sistema universitario de Aragón o no haber obtenido plaza en las mismas, deban realizar sus estudios de doctorado en otra Comunidad Autónoma.
3. También serán beneficiarios las universidades, hospitales públicos del Sistema Aragonés de Salud y organismos y centros de investigación radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón que deseen contratar personal investigador.
4. En los supuestos previstos en los apartados anteriores, los solicitantes deberán ser seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado noveno y cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión, de acuerdo con la normativa aplicable en materia de obtención, expedición y homologación de títulos universitarios y de ordenación de enseñanzas universitarias oficiales, del título que habilite para acceder al programa de doctorado.
En el caso de que el citado título se haya obtenido en una universidad o centro de enseñanza superior extranjero, tendrá que estar homologado o reconocido. A estos efectos se considerará reconocido el título, cuando el solicitante acredite que ha sido admitido en el período formativo de un programa de doctorado de una de las universidades que integran el sistema universitario de Aragón o de la institución académica que corresponda en el caso del punto 2 de este apartado, si bien, y en todo caso, para poder acceder a la ayuda la contratación el título deberá estar homologado. En caso de no tener homologado el título en el periodo anteriormente mencionado, finalizaría la fase de becario y el otorgamiento de la subvención, sin que exista posibilidad de prorrogar la citada fase.
b) Haber finalizado los estudios oficiales que dan acceso al programa de doctorado en junio de 2009 o en fecha posterior, excepto en los siguientes supuestos, que deberá ser posterior a junio de 2005:
— Los solicitantes que estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR), Química (QUIR), farmacéutica (FIR) o similar, cuando su periodo MIR, QUIR o FIR sea de 4 años. En el caso de que los citados periodos tuvieran una duración de 5 años, la fecha de finalización deberá ser posterior a junio de 2004.
c) Estar admitido en un programa de doctorado de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón, o de la que corresponda en el caso del punto 2 de este apartado, en el curso académico 2010-2011.
d) No ser beneficiario, ni haber disfrutado anteriormente, de becas o ayudas con el mismo objeto.
e) Tener una nota media mínima igual o superior a 6 en el expediente académico correspondiente
a los estudios que le dan acceso al programa de doctorado, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
5. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en los puntos 1 y 2 como beneficiarios.
6. Para obtener la condición de beneficiario, se exonera a los solicitantes de estas ayudas del deber de acreditar el requisito de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 3.4 del Decreto 188/2008, de 23 de septiembre.

FINANCIACIÓN


La cuantía total para un máximo de 40 becas previstas en esta convocatoria es de 1.160.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 17030/G/5423/480072/91002, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, distribuida en los siguientes presupuestos plurianuales: 580.000 euros para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2011 y el 29 de febrero de 2012 (480.000 € para el ejercicio 2011 y 100.000 € para el ejercicio 2012) y en el caso de prórroga 80.000 euros para el mismo período relativo a los años 2012- 2013, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del citado ejercicio.
2. La financiación de las ayudas a la contratación para los becarios de esta convocatoria que, en su caso, accedan a la fase de contrato durante el citado periodo relativo a los años 2013-2014 y 2014-2015, se determinará de acuerdo con lo previsto en el apartado sexto, punto 3 c), todo ello en función de la disponibilidad presupuestaria de los ejercicios respectivos.

PLAZO DE SOLICITUD


El plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el día 30 de septiembre de 2010.

DOCUMENTOS INFORMATIVOS


Texto completo de la convocatoria  
 
Suscripción al boletín de noticias del IAF. Use esta opción si desea estar informado puntualmente en su correo electrónico de las nuevas convocatorias de ayudas públicas que vayan apareciendo a nivel Europeo, Autonómico, Provincial, Comarcal o Local.
 

Logotipo del RSS RSS Valid CSS Valid HTML 4.01 Transitional Conformidad con el Nivel Doble-A,  de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI  © Instituto Aragonés de Fomento 2010
c/ Valenzuela, 9. 50004 Zaragoza (SPAIN) · Tlf: +34 976702100 Fax: +34 976702103