AYUDAS AL DESARROLLO DE REDES DE INVESTIGADORES, MOVILIDAD Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN EL MARCO DE COOPERACIÓN DE LA COMUNIDAD DE TRABAJO DE LOS PIRINEOS
EL DEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y UNIVERSIDAD DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN aprobó el DECRETO 94/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan y convocan ayudas al desarrollo de Redes de investigadores, Movilidad y Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico en el marco de cooperación de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
(BOA Número 66 de fecha 5 de junio de 2007)
OBJETO
Es objeto de este Decreto la convocatoria, para el periodo 2008-2009, de subvenciones y el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de las ayudas destinadas a la
puesta en marcha de programas de cooperación transpirenaica dentro de las líneas previstas en el artículo 2.
Serán actuaciones subvencionables las definidas en este Decreto para cada una de las siguientes líneas de ayuda:
a) Desarrollo y consolidación de redes temáticas de investigación.
b) Movilidad de investigadores.
c) Proyectos de investigación y desarrollo tecnológico.
Para la realización de las actuaciones subvencionables serán consideradas prioritarias las temáticas siguientes:
a) Investigaciones específicas enmarcadas en el contexto pirenaico.
b) Investigaciones relativas a otras temáticas de interés común para la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
c) Areas prioritarias del VII Programa Marco de la Unión Europea.
Los programas o actividades subvencionables se someterán a las normas de la presente convocatoria y a las condiciones específicas contenidas en los Anexos I, II y III respectivamente, exigiéndose que todos ellos tengan carácter transfronterizo, es decir, que participen socios de, al menos, dos Estados diferentes.
BENEFICIARIOS
Los participantes de un programa o actividad subvencionable podrán ser investigadores y/o grupos de investigación de universidades, centros de investigación y tecnología y empresas o actores socioeconómicos situados en el territorio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos.
Podrán ser beneficiarios:
a) Por las regiones francesas, los beneficiarios serán las instituciones universitarias y las instituciones públicas de investigación situadas en el territorio de la Comunidad de
Trabajo de los Pirineos. Las empresas francesas podrán ser participantes de un proyecto pero no pueden ser beneficiarias de las ayudas económicas en el marco de esta convocatoria.
b) Por las comunidades autónomas españolas, los beneficiarios serán las instituciones universitarias, centros de investigación y tecnología, empresas o actores socioeconómicos situados en el territorio de la Comunidad.
Los beneficiarios de las ayudas concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón estarán situados en territorio aragonés y dispondrán de sus propios equipos investigadores.
c) Por el Estado Andorrano, los beneficiarios serán las instituciones universitarias, las instituciones públicas, centros de investigación y tecnología o empresas.
FINANCIACIÓN
La cuantía global máxima destinada a la financiación de las ayudas de esta convocatoria será de 150.000 euros para los dos años (2008-2009) y se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 17030 G/5423/480072/ 11002 y 17030 G/ 5423/480072/91001 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, con una distribución anual de 100.000 euros para el año 2008 y 50.000 euros para el año 2009,
condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de los citados ejercicios. Estas ayudas susceptibles de ser cofinanciadas con recursos procedentes de Fondos Europeos.
La cuantía individual de la subvención a reconocer a los beneficiarios se determinará conforme a lo previsto en la regulación específica de cada línea de ayuda.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el día 30 de junio de 2007.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=201944501818
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