SUBVENCIONES POR LAS ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN Y VALORIZACIÓN DE ACEITES USADOS EN 2006, ANTERIORES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL REAL DECRETO 679/2006, DE 2 DE JUNIO
EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE aprobó la RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2007, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de convocatoria
para la concesión de subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados en 2006, anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 679/2006, de 2 de junio.
(BOE núm. 128 de fecha 29 de mayo de 2007)
OBJETO
La presente resolución tiene por objeto hacer pública la convocatoria para la concesión de subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados realizadas entre el 1 de enero de 2006 y el 3 de junio de 2006, ambas fechas inclusive.
La presente convocatoria se regulará por la Orden MAM/2191/2005, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de las subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados, publicada en el BOE n.º 162, de 8 de julio de 2005 (en adelante Bases Reguladoras).
Serán objeto de subvención todas las actividades expresadas en el apartado primero de las Bases Reguladoras realizadas entre esas fechas.
La finalidad de las subvenciones es la compensación por aquellas actividades de gestión de aceites usados en cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Directiva 75/439/CEE del Consejo, de 16 de junio, modificada por la 87/101/CEE, de 22 de diciembre de 1986, incorporadas al ordenamiento interno español mediante Orden de 28 de
febrero de 1989, por la que se regula la gestión de aceites usados, modificada por la de 13 de junio de 1990.
Su instrucción y concesión se efectuará mediante concurrencia competitiva por los órganos y el procedimiento de los apartados sexto a noveno de las Bases Reguladoras.
BENEFICIARIOS
Los poseedores de aceite usado, del Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de aceites industriales usados, establece la obligación, entre otras, de que los fabricantes deben hacerse cargo del aceite puesto por ellos en el mercado o a
organizar sistemas integrados de gestión propios entre los agentes interesados, que se financiarán mediante una aportación efectuada por ellos, cubriéndose así, los déficits de explotación en la gestión de estos aceites.
FINANCIACIÓN
La financiación de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria se imputará a la partida presupuestaria 23.08.456B.752 «a Comunidades Autónomas para llevar a
cabo la política de residuos» de los Presupuestos Generales del Estado para 2007, perteneciente al Ministerio de Medio Ambiente, por cuantía de siete millones de euros (7.000.000,00 €).
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, es decir, hasta el día 30 de junio de 2007.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=200560084039
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