SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN DE 20 DE MARZO DE 2007, DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LOS PROYECTOS Y EMPRESAS CALIFICADOS COMO I+E, PARA EL AÑO 2007
EL DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN aprobó la RESOLUCION de 9 de abril de 2007, de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se aprueba para el año 2007 la convocatoria de las subvenciones reguladas en la Orden de 20 de marzo de 2007, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para los proyectos y empresas calificados como I+E.
(BOA Número 51 de fecha 2 de mayo de 2007)
CONCEPTO
Convocar para el ejercicio 2007 el programa de subvenciones para el impulso de proyectos y empresas calificados como I+E.
OBJETO
Las subvenciones a las que se puede acceder a través de esta convocatoria son las que aparecen reguladas en la Orden de 20 de marzo de 2007 y su concesión tiene por objeto impulsar y apoyar los proyectos y empresas calificados como I+E por el Instituto Aragonés de Empleo.
BENEFICIARIOS
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas por medio de la presente resolución las personas físicas o jurídicas que lo soliciten, cualquiera que sea su forma, cuyos proyectos o empresas hayan sido calificados como I+E, siempre que radiquen y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y que hayan iniciado dicha actividad en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se inicien los plazos de presentación de solicitudes previstos en el apartado séptimo de esta resolución.
2. Igualmente podrán solicitar estas ayudas las empresas que se encuentren en fase de calificación y registro como I+E, siempre que la resolución de calificación recaiga antes de que finalice el proceso de valoración de las solicitudes a que se refiere el apartado decimoprimero de esta resolución.
3. Los solicitantes de las subvenciones convocadas deberán cumplir con los requisitos que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiarios de éstas.
FINANCIACIÓN
1. El Instituto Aragonés de Empleo podrá, con sujeción a las dotaciones presupuestarias de este ejercicio, conceder las ayudas reguladas en la Orden de 20 de marzo de 2007, de
acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en la misma.
2. Las ayudas convocadas por medio de la presente resolución se financiarán, dentro del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2007, con
cargo a la aplicación presupuestaria y por el importe que a continuación se consignan:
Este importe tiene carácter estimativo, pudiendo ser modificado por ampliación o minoración de créditos como consecuencia de mayor o menor asignación de fondos finalistas procedentes de la Administración del Estado.
3. Las subvenciones convocadas mediante la presente resolución están cofinanciadas en un 45% por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo Iniciativa empresarial
y formación continua 2000ES053PO311.
PLAZO DE SOLICITUD
Los plazos en que podrán presentarse las correspondientes solicitudes serán los siguientes:
a) Para el primer procedimiento de selección de solicitudes: desde la fecha de publicación de la presente resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón» hasta el 31 de
mayo de 2007.
b) Para el segundo procedimiento de selección de solicitudes: desde el 1 de septiembre hasta el 15 de octubre de 2007.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=193915260603
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