SUBVENCIONES REGULADAS EN EL DECRETO 57/2009, DE 14 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES.
EL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN aprobó la ORDEN de 1 de marzo de 2010, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2010 las subvenciones reguladas en el Decreto 57/2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, para la promoción del empleo en cooperativas y sociedades laborales.
(BOA nº68 de fecha 8 de abril de 2010)
OBJETO Y BENEFICIARIOS
1. Este programa de subvenciones tiene por finalidad fomentar, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales, así como apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la Economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación.
2. Podrán solicitar y ser sus beneficiarios las Cooperativas de Trabajo asociado y otras que incorporen socios de trabajo, las Sociedades laborales, y las entidades asociativas de las anteriores, en los términos previstos en el artículo 3 del citado Decreto 57/2009, regulador del programa.
Para ser beneficiarios, los solicitantes de las subvenciones convocadas deberán cumplir con los requisitos que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
FINANCIACIÓN
1. El Instituto Aragonés de Empleo podrá, con sujeción a las dotaciones presupuestarias de este ejercicio, conceder las ayudas reguladas en el Decreto 57/2009, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el mismo.
2. Las subvenciones convocadas por medio de la presente Orden se financiarán con los créditos presupuestarios del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2010 que a continuación se relacionan:
3. Conforme establecen los apartados 4 y 5 del artículo 58 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, esta distribución de créditos presupuestarios tiene carácter estimativo y la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria. Igualmente, la cuantía fijada inicialmente en la partida presupuestaria G/3221/470026/33005 tiene también carácter estimativo, pudiendo ser modificada por ampliación o minoración de créditos como consecuencia de mayor o menor asignación de fondos finalistas procedentes de la Administración del Estado. Asimismo, el resto de partidas relacionadas anteriormente podrán ser ampliadas por transferencia de créditos procedentes de otras aplicaciones presupuestarias dedicadas a fomento de empleo, de conformidad con lo previsto en los artículos 6.1 c) y 7.2 de la Ley 12/2009, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2010. A estos efectos, se señala igualmente que los créditos de esta naturaleza vinculan a nivel de concepto económico, respetando siempre y en su caso, el carácter finalista que tengan asignado, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.2. b) y f) de esta última Ley.
Aplicación presupuestaria: G/3221/770067/91002 Subvenciones de Capital a Cooperativas y SS.LL. 638.069,00 €.
4. Las actuaciones contempladas en los artículos 5 y 9 del citado Decreto 57/2009, podrán ser cofinanciadas para el período 2007/2013 por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo «Adaptabilidad y Empleo», código nº 2007ES05UPO001. Asimismo, las actuaciones contempladas en los artículos 5, 6, 9 y 10 del mismo decreto podrán ser objeto de cofinaciación por el Fondo Social Europeo para el período de programación 2007-2013 a través del Programa Operativo de Aragón, código 2007ES052PO004.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el día 30 de septiembre de 2010.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria
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