AYUDAS BAJO LA METODOLOGÍA LEADER, PARA EL PERÍODO DE PROGRAMACIÓN DE DESARROLLO RURAL 2007-2013, Y CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LOS GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL QUE GESTIONARÁN LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO LOCAL LEADER
EL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACION aprobó la ORDEN de 30 de agosto de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader, para el periodo de programación de desarrollo rural 2007-2013, y se aprueba la convocatoria para la selección de los Grupos de Acción Local que gestionarán los programas de desarrollo local Leader.
(BOA Número 109 de fecha 14 de septiembre de 2007)
OBJETO
La presente Orden tiene por objeto regular el sistema de ayudas bajo la metodología Leader, para el periodo de programación de desarrollo rural 2007/2013, y aprobar la convocatoria para la selección de los Grupos de Acción Local que gestionarán los programas de desarrollo local Leader.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tendrá como finalidad promover el desarrollo local mediante la diversificación y valorización de la actividad económica en las zonas rurales, para el cumplimiento de esta finalidad, los ejes y las medidas del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007- 2013 que se podrán incluir en los programas de desarrollo local Leader serán las siguientes:
a) Eje 1. Competitividad del sector agrario:
1. Medida 111. Información y formación profesional: acciones de formación de emprendedores, en el ámbito de la valorización de productos agrarios.
2. Medida 123. Aumento del valor de los productos agrícolas y forestales: la creación, ampliación y mejora de microempresas agroalimentarias para la transformación y/o comercialización de productos locales, incluida la producción artesana de productos de calidad.
b) Eje 3. Calidad de vida/diversificación:
1. Medida 311. Diversificación hacia actividades no agrícolas
2. Medida 312. Ayudas a la creación y el desarrollo de microempresas
3. Medida 313. Fomento de actividades turísticas
4. Medida 321. Servicios básicos para la economía y la población rural
5. Medida 323. Conservación y mejora del patrimonio rural
6. Medida 331. Formación e información de los agentes económicos que desarrollen sus actividades en los ámbitos cubiertos por el eje 3.
c) Eje 4:
1. Medida 421. Cooperación transnacional e interterritorial:
Las ayudas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Aragón se destinarán, exclusivamente, a los proyectos de cooperación interterritorial entre Grupos de Acción Local de Aragón.
2. Medida 431. Funcionamiento del Grupo de Acción Local, adquisición de capacidades y promoción.
Artículo 3: Ambito territorial Los programas de desarrollo local LEADER podrán ejecutarse
en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón incluido en el ámbito territorial de los Grupos Leader + y Proder en el periodo de programación 2000-2006.
BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de las ayudas serán los Grupos de Acción Local que, junto con los programas de desarrollo local por ellos presentados, resulten seleccionados de conformidad con lo previsto en el artículo 14, y que suscriban el oportuno convenio de colaboración con la Dirección General competente en materia de desarrollo rural en su condición de autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013.
Los perceptores finales de las ayudas serán los titulares de los proyectos que resulten seleccionados por los Grupos de Acción Local. No obstante, para determinadas acciones de la medida 421, para las de la medida 431 y para actuaciones de las otras medidas que sean de interés general para los objetivos estratégicos del programa de desarrollo local en el territorio y para las que no existan promotor, los Grupos de Acción Local serán los beneficiarios y los perceptores finales de las ayudas, siendo los gastos que se realicen en la ejecución de dichos proyectos los que deban tenerse en cuenta para justificar las
ayudas percibidas por ese concepto.
Los Grupos de Acción Local, a los efectos de la aplicación del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013, serán las entidades asociativas responsables de la presentación de los programas de desarrollo local y de la ejecución de aquellos que resulten seleccionados, debiendo reunir, al menos, las siguientes condiciones:
a) Deberán estar compuestos por un conjunto equilibrado y representativo de los interlocutores de los diferentes sectores socioeconómicos del territorio.
b) El porcentaje de derechos de voto que ostenten en los órganos de decisión los miembros económicos y sociales privados y de representación directa o indirectamente no
administrativa, así como las asociaciones privadas, que formen parte del Grupo será de, al menos, 51%.
FINANCIACIÓN
1. Los programas de desarrollo local aprobados se financiarán hasta el límite que se establezca en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013, aprobado por la
Comisión, y en los convenios que se formalicen al efecto, con cargo a las siguientes fuentes:
a) Fondos de la Unión Europea, FEADER, en las condiciones establecidas en los reglamentos y en los instrumentos de programación aprobados.
b) Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se determinen en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma, para el año 2007 y posteriores.
Los recursos económicos asignados a cada Grupo, para la financiación del programa de desarrollo local, serán aprobados por el Consejero de Agricultura y Alimentación a propuesta de la Dirección General competente en materia de desarrollo rural en su condición de autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013 teniendo en cuenta las características del territorio de actuación, la calidad de la estrategia de desarrollo de los programas presentados y las disponibilidades presupuestarias.
La asignación para cada programa de desarrollo local será indicativa y figurará en un cuadro financiero, con indicación de la asignación por años y por medidas, según las fuentes de financiación, que se incluirá en los convenios.
En orden a un mejor cumplimiento del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013 y a una mayor eficiencia de las dotaciones por las que se financia el mismo, se podrá
ajustar la contribución financiera puesta a disposición de cada Grupo a la evolución real de los programas locales, reasignando las dotaciones procedentes de estos ajustes, en el marco del programa regional, a aquellos Grupos en los que su nivel de inversión supere las dotaciones anuales asignadas inicialmente o, si ello no se produce, a otras medidas del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013.
El incumplimiento de las obligaciones y condiciones exigidas a los Grupos de Acción Local por esta Orden y demás normativa aplicable conllevará, en su caso, la reducción,
suspensión y supresión de la ayudas concedidas en los términos en que se establezca en los convenios a que se refiere el artículo 7 de esta Orden.
Los fondos públicos podrán destinarse, en el marco de la estrategia de desarrollo comarcal aprobada, a los fines que se citan en el artículo 2 de esta Orden, debiéndose respetar los límites de intensidad de ayudas y los demás requisitos previstos en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013 y en la normativa aplicable.
Las ayudas concedidas serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas que, destinadas a financiar el mismo gasto o inversión, estén cofinanciadas con fondos comunitarios. El importe de las ayudas en ningún caso podrá ser de tal cuantía
que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos, nacionales o internacionales, supere el importe de la ayuda pública máxima autorizada en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013, ni, en su caso, el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. La suma de la ayuda pública y la aportación privada no podrá superar el coste de la
actividad.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el día 15 de octubre de 2007.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=221262653030
Suscripción al boletín de noticias del IAF. Use esta opción si desea estar informado puntualmente en su correo electrónico de las nuevas convocatorias de ayudas públicas que vayan apareciendo a nivel Europeo, Autonómico, Provincial, Comarcal o Local.