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AYUDAS PARA CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA DESARROLLAR PROYECTOS DE CONVIVENCIA DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2005/2006


DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN establece la ORDEN de 23 de diciembre de 2005, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar Proyectos de Convivencia durante el curso escolar 2005/2006.

(BOA Número 7 de fecha 20 de Enero de 2006)


 OBJETO


La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la elaboración de 127 BOA Número 7 20 de enero de 2006 591 proyectos de mejora de la convivencia en los centros docentes para el curso 2005-06.

La convocatoria y su resolución se atendrán a los criterios fijados en esta Orden. La ayuda económica tendrá carácter único y en un solo pago para ser aplicado a los gastos generados por el desarrollo del Proyecto durante el curso escolar 2005/06.


 BENEFICIARIOS


1. Los destinatarios de esta convocatoria son los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Los proyectos podrán ser desarrollados conjuntamente por varios centros docentes de la misma localidad. En este caso, todos ellos deberán cumplir los requisitos establecidos

en esta Orden, asumiendo uno de ellos la gestión del proyecto y de la ayuda que corresponda.


 FINANCIACIÓN


1. La convocatoria contenida en la presente Orden será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.423.1.48001 A del presupuesto de gastos de 2006, hasta

un importe máximo de 120.000 euros.

2. La cuantía de la ayuda concedida dependerá de la calidad y de las necesidades previstas para el desarrollo del proyecto, fijándose el límite máximo de 3.000 euros para los proyectos presentados por un solo centro. En el caso de los proyectos desarrollados conjuntamente por varios centros públicos, la Dirección General de Política Educativa propondrá la cuantía global de la ayuda.

3. La cantidad concedida se dedicará exclusivamente al cumplimiento de la finalidad fijada en esta Orden, no pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto, ni ser utilizada

en ningún caso para la adquisición de material inventariable del centro, aun cuando éste sea utilizado en el desarrollo del proyecto, a excepción de bibliografía relacionada con el

proyecto.


 PLAZO DE SOLICITUD


El plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el día 9 de febrero de 2006.


 DOCUMENTOS INFORMATIVOS


Texto completo de la convocatoria:

http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=102567623723

 
 
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