SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FORMACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA E INNOVACIÓN DEMOCRÁTICA EN EL ÁMBITO LOCAL.
EL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN aprobó la ORDEN de 25 de junio de 2009, del Consejero de Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la formación de participación ciudadana e innovación democrática en el ámbito local, y se efectúa la convocatoria para el año 2009.
(BOA nº 137 de fecha 17 de julio de 2009)
OBJETO
Las subvenciones que se concedan al amparo de estas bases irán destinadas a financiar proyectos de formación en materia de participación ciudadana, desarrollados a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden hasta el 15 de noviembre de 2009.
La finalidad es mejorar la capacidad de intervención y propuesta de los técnicos, cargos políticos, asociaciones y ciudadanía, mediante la comprensión del alcance de la participación ciudadana y de las herramientas adecuadas para facilitarla.
Las subvenciones se regirán por esta Orden, por lo previsto en el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y transferencias a cargo del Fondo Local de Aragón, y por lo dispuesto por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
BENEFICIARIOS
1. Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las Entidades Locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria para cada una de las actividades subvencionables.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las Entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en el apartado anterior.
FINANCIACIÓN
La cuantía total prevista para esta convocatoria es de 30.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria G/1268/460078/91002 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2009, condicionada a la disponibilidad presupuestaria del citado ejercicio.
La cuantía máxima a subvencionar será:
a) Para los «Módulos de Formación», 1.500 euros por curso.
b) Para las «Acciones Locales Formativas», 2.500 euros por curso.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actuación o proyecto subvencionado.
Toda alteración de las condiciones que determinaron el otorgamiento de la concesión de la ayuda o la concurrencia de cualquier otro tipo de ayudas sobrevenidas o no declaradas por la entidad beneficiaria que, en conjunto o aisladamente, bien superen el coste de la actuación o proyecto subvencionado, bien superen los límites porcentuales de subvención que en su caso se hubieran tenido en cuenta para su determinación, darán lugar a la modificación de la resolución de concesión y al reintegro del importe que corresponda.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el día 4 de agosto de 2009.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria
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