SUBVENCIONES A MUNICIPIOS, MANCOMUNIDADES DE MUNICIPIOS Y COMARCAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS INNOVADORES A FAVOR DE LA INTEGRACIÓN DE MAQUINAS
EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES aprobó la ORDEN TAS/2039/2007, de 4 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca, la concesión de subvenciones a municipios, mancomunidades de municipios y comarcas para el desarrollo de programas innovadores a favor de la integración de inmigrantes.
(BOE núm. 164 de fecha 10 de julio de 2007)
OBJETO
La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas a Municipios, Mancomunidades de Municipios y Comarcas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la integración de los inmigrantes a través de la realización de programas innovadores, entendiendo por tales aquéllos que ofrezcan actuaciones y/o metodologías nuevas, que mejoren las existentes
o introduzcan nuevas formas de intervención social, que faciliten la inclusión social, prevengan situaciones de riesgo y promuevan la convivencia ciudadana en el entorno local en el año 2008, y respecto del ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
BENEFICIARIOS
1. Las subvenciones que se convocan por la presente Orden podrán ser solicitadas por aquellas Entidades Locales (Municipio, Mancomunidad de Municipios, Comarca) que cumplan los siguientes requisitos:
a) Carácter innovador de los programas, según lo descrito en el artículo 1 de esta Orden Ministerial.
b) Aportación de al menos el 20% del coste total del programa por la entidad solicitante.
c) Número de personas empadronadas igual o superior a 5.000 habitantes.
d) Porcentaje de extranjeros no comunitarios empadronados igual o superior al 6 % del total del padrón.
2. A los efectos de cumplir con los requisitos establecidos en el apartado anterior se tendrán en cuenta para la determinación del número de personas empadronadas y del porcentaje de extranjeros no comunitarios los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística a 1 de enero de 2006.
FINANCIACIÓN
1. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de estas subvenciones públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las Subvenciones que se convocan por la presente Orden, se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 19.07.231B.461 del vigente presupuesto de gasto de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
3. La cuantía total de las subvenciones que se reconozcan al amparo de la presente Orden quedará supeditada a las disponibilidades presupuestarias existentes en la mencionada aplicación por un total de 6.347.790 euros.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo máximo para la presentación de solicitudes será hasta el día 30 de julio de 2007.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=209349772019
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