AYUDAS A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE EMPRESAS ARAGONESAS.
EL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN aprobó la ORDEN de 11 de mayo de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se convocan Ayudas a la Internacionalización de las Empresas Aragonesas para el año 2012.
(BOA nº 107 de fecha 5 de junio de 2012)
OBJETO
La presente orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas económicas a fondo perdido para la realización de aquellas actuaciones que tengan por objeto promocionar la internacionalización de las empresas aragonesas, de acuerdo con las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la internacionalización de las empresas aragonesas establecidas en el Decreto 138/2006, de 6 de junio, del Gobierno de Aragón (“Boletín Oficial de Aragón” de 16 de junio de 2006), modificadas parcialmente por el Decreto 176/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón (“Boletín Ofi cial de Aragón” de 4 de octubre de 2010).
BENEFICIARIOS
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en esta orden:
a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes) que tengan su domicilio fiscal en Aragón, desarrollen una actividad empresarial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
b) Asimismo, podrán solicitar estas ayudas las agrupaciones de pymes que, como una parte sustancial de su actividad, realizan de forma conjunta en benefi cio de todo el colectivo actuaciones que contribuyan a la proyección exterior e internacionalización de las pymes que las integran, y que persigan en todo caso, su introducción, ampliación o consolidación en los mercados exteriores.
Se entiende por pyme, a efectos de esta convocatoria, la que se ajuste a lo dispuesto en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de pequeñas y medianas empresas publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (D.O.U.E serie L 124, de 20 de mayo de 2003).
2. No serán beneficiarias de esta orden las empresas intermediarias cuya actividad consista en favorecer la exportación indirecta de otras empresas.
FINANCIACIÓN
La cuantía máxima total prevista para esta convocatoria es de 300.000,00 euros, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2012:
G/15060/6122/470048/91002.
1. Las ayudas consistirán en subvenciones a fondo perdido de hasta el 50% de los gastos elegibles objeto de subvención, los cuales en cualquier caso no podrán superar la cantidad acumulada de 40.000,00 euros por beneficiario.
2. La base mínima subvencionable será de 3.000 euros.
3. En la determinación de la subvención se respetarán los criterios establecidos en el Plan de racionalización del gasto del Gobierno de Aragón.
4. La determinación de las subvenciones se efectuará conforme a los criterios de valoración establecidos en el apartado octavo, con sujeción a las disponibilidades presupuestarias y el número de solicitudes presentadas; existiendo, en todo caso, la posibilidad de aplicar prorrateo, entre varias o entre la totalidad de las solicitudes, en función de la demanda existente.
5. De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras de las presentes ayudas, el importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de las actuaciones subvencionadas,
dando lugar, en su caso, a la modificación de la resolución de concesión y al reintegro del importe que corresponda.
6. Estas ayudas están sujetas a los límites establecidos en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis, (D.O.L. 379, de 28 de diciembre de 2006).
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 20 de julio de 2012.
DOCUMENTOS INFORMATIVOS
Texto completo de la convocatoria
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